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Tarifas y opciones tarifarias
Tarifas y opciones tarifarias
Información de las Tarifas
Tarifas de Suministro Eléctrico 01-05-2013
PDF (67.5kb)
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Tarifas de Servicios Regulados 01-05-2013
PDF (52.7kb)
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Tarifas de Peajes Subtransmisión
PDF (7.0kb)
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Tarifas de Peaje Distribucion 01-05-2013
PDF (0.85Mb)
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Tarifas de Servicios no Regulados Diciembre 2011
PDF (1.58Mb)
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BT1.
Esta opción tarifaria está compuesta por los siguientes cargos:
CARGO FIJO MENSUAL
Este cargo cubre costos tales como lectura, facturación, reparto y cobranza de las boletas, que no tienen relación con el consumo. Este cargo se aplica incluso si el consumo es nulo.
CARGO ÚNICO POR USO DEL SISTEMA TRONCAL
Este cargo cubre el costo por el uso de instalaciones del sistema de transmisión troncal. Este cargo se obtiene multiplicando los kWh registrados en el medidor durante el período de facturación por su precio unitario expresado en $/kWh.
Corresponde a un costo en el que incurren las empresas concesionarias de servicio público de distribución por el transporte de energía a través del sistema de transmisión troncal, el cual es transferido a los consumidores finales.
CARGO POR ENERGÍA BASE
Para los meses comprendidos entre octubre y marzo, se obtiene multiplicando los kWh registrados por el medidor durante el período de facturación por el precio unitario de la energía base. Para los meses de abril a septiembre este cargo se aplica sólo a los kWh consumidos por debajo del límite de invierno.
CARGO POR ENERGÍA ADICIONAL DE INVIERNO
Se aplica en cada mes del período comprendido entre el 1° de abril al 30 de septiembre, a cada kWh adicional consumido que exceda el límite de invierno. Este cargo se indica en la boleta o factura siempre que el consumo total del mes sea mayor que 430 kWh.
¿QUE SE ENTIENDE POR LÍMITE DE INVIERNO?
El límite de invierno de cada cliente será igual al mayor valor que resulte de comparar 350 kWh, con el promedio mensual de la energía consumida entre el 1° de octubre y el 31 de marzo, ambos inclusive, incrementado en un 20%.
Para aquellos clientes que por haberse incorporado a nuestra Compañía con posterioridad al 1° de octubre, no registren consumo en el total o una fracción de los meses entre el 1° de octubre y el 31 de marzo, se les considerará para el cálculo del límite de invierno un consumo de 350 kWh /mes en el periodo faltante hasta la fecha de energización del medidor.
BT2 y AT2.
Esta opción tarifaria está compuesta por los siguientes cargos:
CARGO FIJO MENSUAL
Este cargo cubre costos tales como lectura, facturación, reparto y cobranza de las boletas, que no tienen relación con el consumo. Este cargo se aplica incluso si el consumo es nulo.
CARGO ÚNICO POR USO DEL SISTEMA TRONCAL
Este cargo cubre el costo por el uso de instalaciones del sistema de transmisión troncal. Este cargo se obtiene multiplicando los kWh registrados en el medidor durante el período de facturación por su precio unitario expresado en $/kWh.
Corresponde a un costo en el que incurren las empresas concesionarias de servicio público de distribución por el transporte de energía a través del sistema de transmisión troncal, el cual es transferido a los consumidores finales.
CARGO POR ENERGÍA
Se obtiene multiplicando los kWh registrados por el medidor durante el período de facturación por el precio unitario de la energía.
CARGO POR POTENCIA CONTRATADA
Se obtiene multiplicando los kW contratados por su precio unitario, siendo esto facturado todos los meses independiente del consumo. El precio unitario del cargo por potencia contratada varía su valor según su grado de utilización en horas de punta. Dependiendo de esto, el consumo puede ser calificado como “Presente en Punta” o “Parcialmente Presente en Punta”.
CONSUMO “PRESENTE EN PUNTA”
Cuando la potencia contratada es usada manifiestamente durante las horas de punta del sistema eléctrico, independiente si dicha potencia es o no utilizada en el resto de las horas del año, el consumo es calificado como “presente en punta” y se le aplica el precio unitario correspondiente. Se entiende que la potencia contratada está siendo usada manifiestamente durante las horas de punta cuando el cuociente entre la demanda media del cliente en horas de punta y su potencia contratada, es mayor o igual a 0,5.
CONSUMO “PARCIALMENTE PRESENTE EN PUNTA”
Cuando la potencia contratada es usada parcialmente durante las horas de punta del sistema eléctrico, independiente si dicha potencia es o no utilizada en el resto de las horas del año, el consumo es calificado como “parcialmente presente en punta” y se le aplica el precio unitario correspondiente. Se entiende que la potencia contratada está siendo usada parcialmente durante las horas de punta cuando el cuociente entre la demanda media del cliente en dichas horas de punta y su potencia contratada, es inferior a 0,5.
NOTA:
No obstante lo anterior, si por lo menos durante 5 días hábiles del mes, en períodos de 60 minutos consecutivos en las horas de punta, el cuociente entre la potencia media utilizada por el cliente y su potencia contratada supera 0,85, el consumo pasa a calificar como “presente en punta”.
Si usted es calificado como “presente en punta” y al final del período de contratación de la tarifa (12 meses) su consumo se ha comportado como “parcialmente presente en punta”, podrá solicitar el cambio de modalidad o cambiarse a otra opción tarifaria.
BT3 y AT3.
Esta opción tarifaria está compuesta por los siguientes cargos:
CARGO FIJO MENSUAL
Este cargo cubre costos tales como lectura, facturación, reparto y cobranza de las boletas, que no tienen relación con el consumo. Este cargo se aplica incluso si el consumo es nulo.
CARGO ÚNICO POR USO DEL SISTEMA TRONCAL
Se obtiene multiplicando los kWh registrados en el medidor durante el período de facturación por el precio unitario de la energía.
CARGO POR ENERGÍA
Se obtiene multiplicando los kWh registrados en el medidor durante el período de facturación por el precio unitario de la energía.
CARGO POR DEMANDA MÁXIMA
Se calcula multiplicando la demanda máxima de facturación por el precio unitario correspondiente. Se considera demanda máxima de facturación del mes, la más alta que resulte de comparar la demanda máxima leída en el mes con el promedio de las dos más altas demandas registradas en aquellos meses que contengan horas de punta dentro de los últimos 12 meses, incluido el mes que se factura.
CONSUMO “PRESENTE EN PUNTA”
El precio unitario del cargo por potencia varía su valor según su grado de utilización en horas de punta. Se entiende que la demanda leída está siendo usada manifiestamente durante las horas de punta cuando el cuociente entre la demanda media del cliente en horas de punta y la potencia contratada es igual o superior a 0,5.
CONSUMO “PARCIALMENTE PRESENTE EN PUNTA”
Cuando la potencia contratada es usada parcialmente durante las horas de punta del sistema eléctrico, independiente si dicha potencia es o no utilizada en el resto de las horas del año, y se le aplica el precio unitario correspondiente. Se entiende que la potencia contratada está siendo usada parcialmente durante las horas de punta cuando el cuociente entre la demanda media del cliente en dichas horas de punta y su potencia contratada, es inferior a 0,5.
NOTA:
Es importante destacar que la facturación mínima por concepto de demanda máxima no debe ser inferior al 40% del mayor valor registrado en los últimos 12 meses.
No obstante lo anterior, si por lo menos durante 5 días hábiles del mes, en períodos de 60 minutos consecutivos en las horas de punta, el cuociente entre la potencia media utilizada por el cliente y su potencia contratada supera 0,85, el consumo pasa a calificar como “presente en punta”.
Si usted es calificado como “presente en punta” y al final del período de contratación de la tarifa (12 meses) su consumo se ha comportado como “parcialmente presente en punta”, podrá solicitar el cambio de modalidad o cambiarse a otra opción tarifaria.
BT4.1 y AT4.1.
Esta opción tarifaria está compuesta por los siguientes cargos:
CARGO FIJO MENSUAL
Este cargo cubre costos tales como lectura, facturación, reparto y cobranza de las boletas, que no tienen relación con el consumo. Este cargo se aplica incluso si el consumo es nulo.
CARGO ÚNICO POR USO DEL SISTEMA TRONCAL
Este cargo cubre el costo por el uso de instalaciones del sistema de transmisión troncal. Este cargo se obtiene multiplicando los kWh registrados en el medidor durante el período de facturación por su precio unitario expresado en $/kWh.
Corresponde a un costo en el que incurren las empresas concesionarias de servicio público de distribución por el transporte de energía a través del sistema de transmisión troncal, el cual es transferido a los consumidores finales.
CARGO POR ENERGÍA
Se obtiene multiplicando los kWh registrados en el medidor durante el período de facturación por el precio unitario de la energía.
CARGO POR DEMANDA MÁXIMA CONTRATADA EN HORAS DE PUNTA
Este cargo se factura incluso si el consumo de energía es nulo. Se obtiene multiplicando los kW de potencia contratada en horas de punta, por el precio unitario correspondiente.
CARGO POR DEMANDA MÁXIMA CONTRATADA
Se factura aunque no haya consumo de energía y se obtiene multiplicando los kW de potencia contratada en horas fuera de punta por el precio unitario correspondiente.
HORAS DE PUNTA
Se entenderá por horas de punta del Sistema Interconectado Central (SIC) a las informadas en los decretos de fijación de precios de nudo aplicables a los suministros de electricidad a precio regulado para clientes, usuarios o consumidores finales, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, o en aquellos decretos o publicaciones que realice la autoridad para comunicar su modificación. Actualmente el horario de punta definido para el SIC es el comprendido entre las 18:00 y las 23:00 horas de cada día de los meses de abril, mayo, junio, julio, agosto y septiembre.
BT4.2 y AT4.2.
Esta opción tarifaria está compuesta por los siguientes cargos:
CARGO FIJO MENSUAL
Este cargo cubre costos tales como lectura, facturación, reparto y cobranza de las boletas, que no tienen relación con el consumo. Este cargo se aplica incluso si el consumo es nulo.
CARGO ÚNICO POR USO DEL SISTEMA TRONCAL
Este cargo cubre el costo por el uso de instalaciones del sistema de transmisión troncal. Este cargo se obtiene multiplicando los kWh registrados en el medidor durante el período de facturación por su precio unitario expresado en $/kWh.
Corresponde a un costo en el que incurren las empresas concesionarias de servicio público de distribución por el transporte de energía a través del sistema de transmisión troncal, el cual es transferido a los consumidores finales.
CARGO POR ENERGÍA
Se obtiene multiplicando los kWh registrados en el medidor durante el período de facturación por el precio unitario de la energía.
CARGO MENSUAL POR DEMANDA MÁXIMA LEÍDA EN HORAS DE PUNTA
Se factura como la demanda efectivamente leída del mes, para los meses de abril a septiembre, y como el promedio de las dos más altas demandas máximas registradas en los meses de horas de punta del período inmediatamente anterior, para los meses de octubre a marzo.
CARGO MENSUAL POR DEMANDA MÁXIMA CONTRATADA
Se factura aunque no haya consumo de energía y se obtiene multiplicando los kW de potencia contratada en horas fuera de punta por el precio unitario correspondiente.
HORAS DE PUNTA
Se entenderá por horas de punta del Sistema Interconectado Central (SIC) a las informadas en los decretos de fijación de precios de nudo aplicables a los suministros de electricidad a precio regulado para clientes, usuarios o consumidores finales, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, o en aquellos decretos o publicaciones que realice la autoridad para comunicar su modificación. Actualmente el horario de punta definido para el SIC es el comprendido entre las 18:00 y las 23:00 horas de cada día de los meses de abril, mayo, junio, julio, agosto y septiembre.
BT4.3 y AT4.3
Esta opción tarifaria está compuesta por los siguientes cargos:
CARGO FIJO MENSUAL
Este cargo cubre costos tales como lectura, facturación, reparto y cobranza de las boletas, que no tienen relación con el consumo. Este cargo se aplica incluso si el consumo es nulo.
CARGO ÚNICO POR USO DEL SISTEMA TRONCAL
Este cargo cubre el costo por el uso de instalaciones del sistema de transmisión troncal. Este cargo se obtiene multiplicando los kWh registrados en el medidor durante el período de facturación por su precio unitario expresado en $/kWh.
Corresponde a un costo en el que incurren las empresas concesionarias de servicio público de distribución por el transporte de energía a través del sistema de transmisión troncal, el cual es transferido a los consumidores finales.
CARGO POR ENERGÍA
Se obtiene multiplicando los kWh registrados en el medidor durante el período de facturación por el precio unitario de la energía.
CARGO POR DEMANDA MÁXIMA SUMINISTRADA
Se factura como el promedio de las dos más altas demandas máximas registradas en los últimos 12 meses, incluido el mes de facturación, al precio unitario correspondiente.
CARGO POR DEMANDA MÁXIMA LEÍDA EN HORAS DE PUNTA
Se factura como la demanda efectivamente leída del mes para los meses comprendidos entre abril y septiembre, y como el promedio de las dos más altas demandas máximas registradas en los meses de horas de punta del período inmediatamente anterior, para los meses comprendidos entre octubre y marzo.
HORAS DE PUNTA
Se entenderá por horas de punta del Sistema Interconectado Central (SIC) a las informadas en los decretos de fijación de precios de nudo aplicables a los suministros de electricidad a precio regulado para clientes, usuarios o consumidores finales, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, o en aquellos decretos o publicaciones que realice la autoridad para comunicar su modificación. Actualmente el horario de punta definido para el SIC es el comprendido entre las 18:00 y las 23:00 horas de cada día de los meses de abril, mayo, junio, julio, agosto y septiembre.